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Una sentencia de la Audiencia Nacional dictamina que la formación obligatoria en PRL no puede ser bonificable
La Audiencia Nacional ha emitido una sentencia sobre la bonificación de acciones formativas de prevención de riesgos laborales, en la que que avala los argumentos de la inspección de Trabajo, de tal manera que dictamina que no puede ser bonificable cuando esta formación en PRL es de carácter obligatorio.
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Pero… aún estás a tiempo. Si no has agotado tu crédito de formación tienes hasta el 31 de Diciembre para formar a tu equipo y bonificar su formación.
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📍 PERMISO INDIVIDUAL DE FORMACIÓN📍 PIF para empresas
El Permiso Individual de Formación (PIF), te permite, con la autorización de tu empresa, conciliar trabajo y estudios y dedicar parte de tu jornada laboral a realizar cualquier formación reconocida por una acreditación oficial, incluidas las correspondientes a certificados de profesionalidad o acceder a los procesos de reconocimiento de la experiencia laboral.
Tu empresa podrá bonificarse por el coste salarial de las horas que te ausentes (hasta 200 horas laborables por año natural o curso lectivo) para que puedas desarrollarte profesional y personalmente.
Este permiso podrá autorizarse también para el acceso a los procesos de evaluación y acreditación de la experiencia laboral y de otros aprendizajes no formales e informales, previstos en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
¿Cómo puedo solicitarlo?
- – Para poder solicitar un PIF debo ser un trabajador asalariado de una empresa o entidad pública, no incluida en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones Públicas, y cotizar a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.
- – La formación a solicitar debe ser oficial, presencial y realizarla en horario laboral.
- – Si tengo el permiso autorizado podré comenzar a disfrutar de un máximo de 200 horas laborales por curso académico o año natural, según el caso, para asistir a la formación.
¿Qué documentos debo entregar a mi empresa?
- – Solicitud a la empresa del Permiso Individual de Formación (Anexo I).
- – Matrícula oficial o inscripción en otras acreditaciones oficiales que se realicen.
- – En el caso de ser un Título Universitario Propio deberán tener la Resolución por Junta de Gobierno o Consejo Social de la Universidad donde ha sido aprobado.
- – Horario de las clases.
📍 ACCIONES FORMATIVAS📍
Gestionamos la bonificación de tus cursos sin ningún coste adicional, ofreciéndote la mejor solución para que formar a tus equipos de salga lo más rentable y productivo posible.
Asesoramiento del crédito formativo y cursos bonificados