
Te recordamos que a partir del 1 de Octubre, toda empresa que se dedique al sector metal, fontaneros, electricistas, carpinteros metálicos, joyeros, mecánicos de coche, etc.. deberá haber formado al 100% de su plantilla en material de prevención de riesgos laborales.
“En la Disposición transitoria segunda del citado convenio indica que el próximo 1 de octubre de 2021, todas las empresas que aplican el convenio del metal, tendrán que haber formado al 100% de su plantilla en prevención de riesgos laborales, según lo relacionado en el Anexo II.” III Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal
III CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LA INDUSTRIA, LA TECNOLOGÍA Y LOS SERVICIOS DEL SECTOR DEL METAL (CEM)
Existen dos grandes grupos en el convenio:
- Empresas del metal que trabajan en obras de construcción.
- Formación del segundo ciclo (20 h presenciales), según el puesto. Se describen 13 áreas* en función de la actividad principal que desempeña la persona.
- Formación para directivos de las empresas (10 h On Line).
- Formación para responsables y técnicos de ejecución de la actividad (20 h presenciales).
- Formación para mandos intermedios (20 h presenciales).
- Formación Recurso Preventivo (60h, 20H presenciales y 40h On Line)
- Formación para Delegados de prevención (50 h mixto).
- Formación de reciclaje (4h/cada 4 años).
2. Empresas del metal que no trabajan en obras de construcción.
- Formación para directivos de empresa (6 h On Line).
- Formación para personal de oficina (6 h On Line).
- Formación para áreas de producción y/o mantenimiento (20 h presenciales). Se describen 32 áreas* en función de la actividad principal que desempeñe la persona.
- Formación para personas con funciones preventivas de nivel básico (50 h mixto).
- Formación de reciclaje (4 h/cada 4 años).
El no cumplimiento de esta disposición puede acarrear SANCIONES y/o MULTAS, Es muy importante que tu personal este formado, para evitarlas.